Los pensadores de la Ilustración
El pensamiento político de la Ilustración se basa en dos teorías: la teoría del derecho natural y la teoría del contrato.
La teoría del derecho natural afirma que los hombres nacen con derechos como a la vida y a la libertad. Éstos son universales y reciben el nombre de "derechos naturales". Estos derechos varían según los teóricos.
La teoría del contrato afirma que los hombres vivían en un principio en un "estado de naturaleza", sin ningún tipo de organización política y social. En un momento determinado deciden unirse, formando una comunidad con las autoridades, llamada "sociedad civil". Este pasaje del estado de naturaleza a la sociedad civil, se realiza mediante un "contrato" que según los diferentes autores, creará mayores o menores obligaciones para las partes. Por ejemplo, para algunos autores, de este contrato deriva la monarquía limitada, mientras que para otros, la democracia moderna.
John Locke:
- Pensador y filósofo inglés del siglo XVII, se le considera un precursor del pensamiento político del siglo XVIII.
En su obra, "Segundo tratado sobre el gobierno civil" (1690) partía de la idea de que el hombre vive en estado de naturaleza, gozando de derechos naturales, como el derecho a la vida, a la libertad y a la propiedad. Para la conservación de estos derechos, los hombres salían del estado de naturaleza y a través de un contrato constituían un gobierno. Si el gobierno no respetaba uno de los derechos o se extralimitaba en sus funciones, el pueblo podía resistirse a él y elegir otro en su lugar; a esto se le llamó “derecho de resistencia”.Para Locke, el gobierno debe estar compuesto por el Poder Legislativo encargado de hacer las leyes, y el Poder Ejecutivo, encargado de llevar a la práctica las leyes, pero supeditado al primero. De esta manera Locke aparece como un pensador contractualista, niega el derecho divino del poder, defiende la monarquía limitada como forma de gobierno, y coloca en primer plano los derechos naturales del hombre, que deben ser sagrados aún para el monarca.
MONTESQUIEU y la separación de poderes.
VOLTAIRE y la defensa de la tolerancia.
Este pensador se refiere a las reformas políticas que eran necesarias y posibles de aplicar. Sostenía la prohibición de las detenciones arbitrarias, la supresión de la tortura y de la pena de muerte, la unidad de la legislación, la supresión de las aduanas interiores y garantía de libertad de pensamiento y expresión, es decir, promovía la tolerancia más amplia posible. También defendía la propiedad privada, considerada beneficiosa para la humanidad y consideró que la igualdad social era una utopía. Por tanto, este pensador no era partidario de la participación política de los sectores populares ni de su educación.
ROUSSEAU: fundador de la democracia moderna.
Consideraba a la sociedad como injusta en la que el hombre ha ido perdiendo dignidad y libertad, a pesar del perfeccionamiento de la ciencia. Proponía una vuelta a la naturaleza, lo que inspiró su libro "Discurso sobre el origen y el fundamento de la desigualdad entre los hombres". Allí afirma que el hombre es naturalmente bueno, pero las necesidades lo obligan a unirse a otros, por tanto, la sociedad lo pervierte e incita a competir entre ellos. Con la sociedad apareció la propiedad , y así desapareció la igualdad entre los hombres, no era posible vivir en armonía. Se debía refundar la socidedad estableciendo un nuevo contrato social. Su obra "El Contrato Social" de 1762, afirma que mediante un pacto social, todos los hombres se unen, y el que ejerce la autoridad, el soberano, es la voluntad general que es la voluntad de la comunidad de los hombres. Este contrato social garantiza la igualdad ante la ley y la libertad que depende de ella. El individuo es libre solo y por la comunidad: y la libertad es la obediencia a las leyes.
La soberanía para Rousseau tiene cuatro caracteres: es indivisible (Él es contrario a la división de poderes), es infalible, es absoluta, es inalienable (no se puede delegar). Defendía como forma de gobierno la democracia directa, a través de la participación de todos los ciudadanos sin intermediarios.
Bibliografia: http://aulasvirtuales2.uruguayeduca.edu.uy/mod/book/view.php?id=15312&chapterid=3501
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